Después de defender su candidatura con uñas y dientes, Odalis Rodríguez será candidato a diputado por el PRD por Valverde

La Cámara contenciosa de la junta central electoral, en la sesión celebrada en la cámara de consejo el día 12 de marzo del 2010 , le da lectura a la parte dispositiva de la resolución no.052-2010 , la cual fue votada a unanimidad según consta en el acta no.020-2010. con motivo del apoderamiento que ha sido objeto esta cámara contenciosa electoral ,de la acción de amparo incoada por el DR. Odalis Rafael Rodríguez portador de la cedula de identidad y electoral no. 034-0015437-7atraves de sus abogados ,Lic Pedro Virgilio Tavarez Pimentel ,Lic Edwin José Díaz y Lic. Odalis Matos , mediante instancia de Fecha 10 de marzo del 2010-03-15 Resuelve.


Primero acoger como acoge ,En cuanto a la forma la acción de amparo ,incoada por el DR Odalis Rafael Rodríguez .

Segundo. Acoger como al efecto acoge en cuanto al fondo la acción de amparo incoada por el DR Odalis Rodríguez ,como candidato a diputado por la provincia Valverde, por el mismo haber sido el segundo candidato más votado de la referida provincia, sin perjuicio de la cuota femenina, establecida por la ley No. 275-97, de fecha 21 de diciembre de 1997, y la resolución No. 004/2010 (bis), sobre la cuota femenina, de fecha 22 de febrero del año 2010, dictado por el pleno de la junta Central Electoral.

Tercero .ordenar como el efecto ordena, A la convención provincial de delegados de la provincia de Valverde del PRD ,la proclamación del DR Odalis Rodríguez ,como candidato a Diputado

Cuarto .ordenar como efecto ordena ,a las autoridades correspondientes del PRD ,presentar po ante la secretaria general de la junta central electoral como candidato a diputado ,al DR Odalis Rafael Rodríguez de la provincia Valverde

Quinto , Como al efecto ordena , ala secretaria general de la junta central electoral poner la presente resolución en conocimiento del pleno de la JCE ,para cuando deba decidir sobre la admisión de la candidaturas

Transitorio. El Plazo para interponer el recurso de revisión ,contra la presente decisión será contado a partir de la fecha de la notificación integra de la resolución . la presente decisión es ejecutoria de inmediato , No Obstante el ejercicio del indicado recurso .

Dada en la ciudad de santo domingo ,RD a los doce (12 ) Dias del mes de marzo del año dos mil diez 2010

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