Los jueces fallaron en contra de la "Ley 71" de 2014 para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas, conocida a nivel local como "ley de quiebra criolla".
En su fallo, los magistrados determinaron que la deuda de Puerto Rico dependerá del Congreso federal, cuya Cámara Baja aprobó la semana pasada un proyecto de ley para facilitar la reestructuración de la deuda con un mecanismo de supervisión y que ahora deberá pasar por el Senado, donde no se espera que tenga grandes obstáculos.
Las leyes federales "prohíben a Puerto Rico promulgar su propio esquema municipal de bancarrota para reestructurar la deuda de las compañías públicas insolventes", alegaron los magistrados.
De esta forma, los jueces determinaron que la última palabra sobre la deuda la tiene el Congreso y que Puerto Rico no tiene autoridad para reestructurar su deuda bajo un régimen supervisado por las autoridades judiciales similar al previsto en el capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal.
Este capítulo de la Ley de Quiebras federal, aprobado por el Congreso en 1984, otorga herramientas legales para manejar sus deudas a todos los estados de EE.UU. menos a Puerto Rico y al Distrito de Columbia, donde se halla la capital federal.
La decisión de hoy la tomaron solo siete de los nueve jueces que deben de conformar el alto tribunal debido a la muerte en febrero del conservador Antonin Scalia y la ausencia de Samuel Alito que decidió apartarse voluntariamente del caso.