Despegar.com no podrá ejecutar ninguna transacción comercial como empresa prestadora de servicios turísticos ni publicitarlos u ofrecerlos, durante diez (10) días, como consecuencia de la suspensión temporal de su Registro Nacional de Turismo de Colombia.
La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) tomó la decisión por haber encontrado diferentes irregularidades violatorias de la ley. Algunos de los servicios turísticos ofertados en su web no incluyen la totalidad de los impuestos del país o del exterior, tasas, cargos, sobrecargos o tarifas que afectan al precio final.
Además, algunos de los servicios turísticos ofertados se anuncian con múltiples precios en el curso de una misma transacción sin explicación atendible.
A ello se añade que en algunos servicios de la web no se informa la moneda de pago o el tipo de cambio aplicable.
Por último, el compromiso publicitario denominado “Mejor Precio Garantizado” no concuerda con el sentido y alcance natural del compromiso, garantizar a los consumidores que el precio cotizado del servicio turístico es en realidad el mejor del mercado, y que en caso de no serlo, por alguna razón excepcional, el consumidor tiene derecho a una compensación o indemnización real por el incumplimiento de esa promesa comercial.
Ahora, la OTA tendrá que pagar una multa de 12.320.000 pesos colombianos (unos 6.200 dólares), máxima sanción económica que permite imponer la Ley General de Turismo en estos casos.
Según informa la SIC, “los consumidores no pueden ser engañados a través de compromisos publicitarios como ‘Mejor Precio Garantizado’, cuando las condiciones de dicha promesa no hacen realmente efectiva la garantía de mejor precio del mercado”.
Fuente: http://www.reportur.com/colombia/2014/01/22/suspenden-despegar-com-por-ofrecer-publicidad-enganosa/
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